Ir al contenido principal

CONCILIACION EXTRAJUDICIAL -PATRIA POTESTAD



Es un requisito obligatorio para el divorcio por mutuo acuerdo, es decir, cuando ambos cónyuges tienen el deseo de divorciarse, tienen más de dos años de casados y tienen hijos menores de edad o hijos mayores con discapacidad.

¿Cuáles son las materias que se concilian?
Se concilian muchas materias sin embargo para el divorcio son necesarias que se concilien sobre:


I.-PATRIA POTESTAD :


1.1 CONCEPTO:
Son los deberes y los derechos de cuidar de la persona y bienes de sus hijos menores.

1.2 ¿Qué DICE EL CODIGO CIVIL DE LA PATRIA POTESTAD?
El Artículo 340º del Código Civil señala “Los hijos se confían al cónyuge que obtuvo la separación por causa específica, a no ser que el juez determine, por el bienestar de ellos, que se encargue de todos o de alguno el otro cónyuge o, si hay motivo grave, una tercera persona. Esta designación debe recaer por su orden, y siendo posible y conveniente, en alguno de los abuelos, hermanos o tíos.” Agrega:
“Si ambos cónyuges son culpables, los hijos varones mayores de siete años quedan a cargo del padre y las hijas menores de edad así como los hijos menores de siete años al cuidado de la madre, a no ser que el juez determine otra cosa.”


1.3 SUSPENSION DE LA PATRIA POTESTAD:
El padre o madre a quien se haya confiado los hijos ejerce la patria potestad respecto de ellos. El otro queda suspendido en el ejercicio, pero lo reasume de pleno derecho si el primero muere o resulta legalmente impedido.

1.4 PATRIA POTESTAD DENTRO DEL MATRIMONIO:
La patria potestad se ejerce conjuntamente por el padre y la madre durante el matrimonio, correspondiendo a ambos la representación legal del hijo. (...)

1.5 PATRIA POTESTAD DE HIJOS EXTRAMATRIMONIALES:
La patria potestad sobre los hijos extramatrimoniales se ejerce por el padre o por la madre que los ha reconocido. (...)

1.6 DEBERES Y DERECHOS DE LOS PADRES QUE EJERCEN LA PATRIA POTESTAD:

1. Proveer al sostenimiento y educación de los hijos.
2. Dirigir el proceso educativo de los hijos y su capacitación para el trabajo conforme a su vocación y aptitudes.
3. Corregir moderadamente a los hijos y, cuando esto no bastare, recurrir a la autoridad judicial solicitando su internamiento en un establecimiento dedicado a la reeducación de menores. (...)

1.7 PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD:
La patria potestad se pierde por condena a pena que la produzca o por abandonar al hijo durante seis meses continuos o cuando la duración sumada del abandono exceda de este plazo.

Comentarios

Dylan Forrester ha dicho que…
Interesante blog.

Saludos, Dra.
Anónimo ha dicho que…
Si quiero conseguir la pension alimenticia y la patria potestad de mi menor hijo.
Por conciliación, donde la puedo conseguir??
Anónimo ha dicho que…
Si deseo conseguir la patria potestad y la pension alimenticia de mi menor.
Donde la puedo conseguir??

Entradas populares de este blog

EL DELITO DE BIGAMIA EN EL PERU

1) Definición: La palabra bigamia viene de las expresiones latinas “bis” (“dos veces”) y “gamia” (“unión”). El delito de bigamia consiste en contraer un nuevo matrimonio estando ya casado válidamente; o sin ser casado, sí lo esta la persona con la cual se contrae matrimonio. Esto quiere decir que no solamente será castigada por la ley la persona que vuelve a casarse sino también la persona que contrae matrimonio con ésta a sabiendas de que era casada. Además, según la ley peruana solo tiene validez el primer matrimonio. 2)Según el Código Penal: La bigamia esta considerada como un delito contra la familia y esta contemplado dentro de los matrimonios ilegales: Artículo 139.- Bigamia El casado que contrae matrimonio será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años. Si, respecto a su estado civil, induce a error a la persona con quien contrae el nuevo matrimonio la pena será privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco a

EL DIVORCIO EN EL PERU

Hay muchos interrogantes sobre cómo se realiza un divorcio en el Perú. Aquí encontrarán muchos alcances para así conocer los diferentes medios para divorciarse. El divorcio anteriormente sólo se podía realizarse ante un Juez de Familia. Sin embargo, ahora después de la promulgación de muchas leyes, éste se puede realizar por 03 medios: 1.-Ante el Poder Judicial ante el Juez de Familia. 2.-Ante el Alcalde en una Municipalidad o 3.-Ante un Notario Público. 1. Ante el Poder Judicial: 1.1 ¿Cuáles son los requisitos? Se presenta una demanda juntamente con una Propuesta de Convenio si es que hay hijos menores de 18 años o hijos mayores con discapacidad, sobre 04 puntos: alimentos, régimen de visitas, patria potestad y tenencia. Se paga 02 tasas judiciales y 03 cedulas de notificación. Esta demanda debe ser elaborada por un abogado, además debe anexarse: a.- Copia certificada de la Partida de Matrimonio (Se obtiene en la Municipalidad donde se produjo o en RENIEC según se

MODELOS DE ESCRITOS

MODELOS DE ESCRITO, DEMANDAS Y SOLICITUDES En estos años de litigios me he encontrado con muchas situaciones, cuando empecé buscaba modelos de escritos hasta que me di cuenta que no hay mejor modelo que el que el mismo abogado pueda redactar. Sin embargo, algunos alcances pude conseguir, ahora que tengo cientos de modelos de diferentes pedidos de demandas, contestaciones de demanda, solicitudes para divorcio, para conciliaciones extrajudiciales, me gustaría compartir algunas con Uds. CONTESTACIÓN  DE DEMANDA DE VIOLENCIA FAMILIAR:                                                                 EXPEDIENTE    : 08700-2014-0-1801-JR-FT-13                                   ESPECIALISTA  : ROSSEL CORNEJO,                                                            CUADERNO      : PRINCIPAL                                                            ESCRITO          : UNO SUMILLA           : CONTESTACION DE DEMANDA SEÑORA JUEZA DEL DECIMO TERCER JUZGADO DE FAMILIA DE LIM