Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando entradas de agosto, 2009

MATRIMONIO ENTRE MENORES

CONCEPTO: El matrimonio entre menores es la legalización de la unión sentimental entre dos personas entre los 16 y 18 años. Éstos deben contar con el consentimiento expreso de los padres, y, de no ser así, son pasables de la anulación. LEGISLACIÓN PERUANA SOBRE EL TEMA: El Código Civil de 1984 estipula que el “El matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de este Código a fin de hacer vida en común”. Los matrimonios entre menores deben contar con el consentimiento de los padres; sin embargo, si existiera algún tipo de discrepancia entre ellos (los padres), entonces esto se toma por asentimiento. En caso faltaran los padres, entonces este consentimiento debería provenir de los abuelos; se aplicaría los mismo en el caso de alguna discrepancia, se tomaría como asentimiento. Ahora, en caso de falta o incapacidad de uno de los padres, basta con el asentimiento del otro. A falta de t