1) Definición: La palabra bigamia viene de las expresiones latinas “bis” (“dos veces”) y “gamia” (“unión”). El delito de bigamia consiste en contraer un nuevo matrimonio estando ya casado válidamente; o sin ser casado, sí lo esta la persona con la cual se contrae matrimonio. Esto quiere decir que no solamente será castigada por la ley la persona que vuelve a casarse sino también la persona que contrae matrimonio con ésta a sabiendas de que era casada. Además, según la ley peruana solo tiene validez el primer matrimonio. 2)Según el Código Penal: La bigamia esta considerada como un delito contra la familia y esta contemplado dentro de los matrimonios ilegales: Artículo 139.- Bigamia El casado que contrae matrimonio será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años. Si, respecto a su estado civil, induce a error a la persona con quien contrae el nuevo matrimonio la pena será privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco a
DRA. JENNIFER SORIANO
Comentarios
Silvia Mifflin
Cel 951785943
Silvia Mifflin
Cel 951785943
para divorciarse de una persona que esta en el extranjero debe presentar una demanda por causal, si sabe cual es su domicilio de su actual preja seria mas sencillo, si la desconoce se hara publicaciones en el diario el peruano y en otro de mayor circulacion.
Señora Ud tiene que iniciar un proceso de tenencia y de alimentos antes de pensar en el divorcio. En cuanto a costos tiene que sacar una cita conmigo para informarle según su caso. DRA SORIANO 989-247985