MODELOS DE ESCRITO, DEMANDAS Y SOLICITUDES
En estos años de litigios me he encontrado con muchas situaciones, cuando empecé buscaba modelos de escritos hasta que me di cuenta que no hay mejor modelo que el que el mismo abogado pueda redactar. Sin embargo, algunos alcances pude conseguir, ahora que tengo cientos de modelos de diferentes pedidos de demandas, contestaciones de demanda, solicitudes para divorcio, para conciliaciones extrajudiciales, me gustaría compartir algunas con Uds.
CONTESTACIÓN DE DEMANDA DE VIOLENCIA FAMILIAR:
EXPEDIENTE
: 08700-2014-0-1801-JR-FT-13
ESPECIALISTA : ROSSEL CORNEJO,
CUADERNO : PRINCIPAL
ESCRITO : UNO
SUMILLA : CONTESTACION
DE DEMANDA
SEÑORA JUEZA DEL DECIMO TERCER JUZGADO DE FAMILIA DE LIMA:
JHON
FUENTES
SALVATIERRA peruano, soltero, identificado con DNI Nº …..,
señalando domicilio real en…… y con domicilio procesal en el Pasaje Santiago
Basurco Nº 195 4to Piso Urb. “Salamanca de Monterrico” en el distrito de Ate en
los seguidos con la 6ta Fiscalía sobre el presunto maltrato psicológico en
contra de mi menor hija EMILY KATE FUENTES CABRERA ante Ud. me presento y
expongo lo siguiente:
I.
PETITORIO:
Que,
recurro ante su digno despacho y CUMPLO
CON CONTESTAR LA PRESENTE DEMANDA POR VIOLENCIA FAMILIAR, incoada en mi
contra solicitando que la misma sea declarada INFUNDADA por los siguientes fundamentos de hecho y de derecho que
a continuación expongo:
II. PRONUNCIAMIENTO
RESPECTO DE CADA UNO DE LOS HECHOS EXPUESTOS EN LA DEMANDA:
1.- Al primer punto de la demanda:
Que, con fecha 12, 13 y 14 de Febrero la codemandada salió en un largo
reportaje en el canal 4 en los Programas de Televisión a nivel nacional “A las Once” que se emite a las 23:00
horas y fue entrevistada al Programa “Primera
Edición” que se emite a nivel nacional a las 6:00 am en donde la codemandada
me presentó como un PADRASTRO QUE HABIA
RAPTADO A MI MENOR HIJA Y QUE NO LA DEJABA VER, asistiendo con reporteros
de ese canal al centro de trabajo de mi hermano, a la casa de mi madre, para
señalarme que porque supuestamente no la dejaba ver y mintiendo señalando que
YO LA HABIA ENGAÑADO y que a los dos meses de embarazo la había conocido y la
había inducido para que con engaños firme la partida de nacimiento. Toda esta
exposición televisiva me perjudicó emocionalmente, laboralmente a mí y a mi
menor hija tal como se ha comprobado con mi Pericia Psicológica.
2.- Al segundo punto de la demanda:
Que, es CIERTO que mi menor hija haya sido afectada emocionalmente con
toda esta exposición pero NIEGO ROTUNDAMENTE que haya sido mi responsabilidad.
Al respecto debo señalar que mi menor hija vivía conmigo y mi señora
madre y la codemandada NUNCA LA VISITABA, NUNCA ME MANDO NINGUNA CARTA NOTARIAL
para verla o interpuso demanda de régimen de visita, sin embargo y tampoco
cumplía con los alimentos.
MI menor hija se encontraba bien emocionalmente y físicamente muestra de
ello son los reportes de asistencia a su
colegio y la evaluación psicológica que le realizo el MINDES a raíz de la denuncia que puso la codemandada
a nivel televisivo.
III. LO QUE NO HA
MENCIONADO LA CODEMANDADA:
1.- Que,
yo la conocí a la codemandada en mi centro de trabajo que era un taller de
costura, nos hicimos enamorados y nos fuimos a convivir juntos, luego de cual
salió embarazada, siendo que a los 06 meses de vida de nuestra hija los tres
nos mudamos a otro cuarto ubicado en la Urb. Las Flores, en el distrito de San
Juan de Lurigancho, fue entonces que la codemandada empezó a maltratarme físicamente
con arañones, tirándome inclusive la avena en todo el cuerpo y psicológicamente
también insultándome todo el tiempo. La dueña de casa, que era la arrendadora
veía que ella no se preocupaba en asear la casa, me veía a mi trabajar y ser la
persona que cuidaba a mi hija, diciéndome la dueña de la casa, que ella me
podía dar pensión porque la demandada se iba a la casa de su mamá y me la dejaba
sola a pesar de que tenía sólo 06 meses, viniendo cada vez que regresaba en
estado de ebriedad, diciendo que se iba con sus amigas, que tenía derecho a
divertirse porque era joven, que tenía que disfrutar su juventud y que yo no
era nadie para que le diga que hacer.
2.-
Un día al ver que no había llegado a casa fui a hablar con el padre de la codemandada
diciéndome su padre que no sabía nada de ella. También fui a ver a su mamá pero
su mamá me decía que no sabía nada de la codemandada, que la señora viajaba a
provincia a trabajar y que yo era quien debía saber.
3.-
Sra. Jueza yo decidí aguantar, no dejar sola a mi hija con ella, le jalaba de
las orejas, le hacía llorar mucho diciéndole que no le dejaba dormir, ella
abandonó el hogar hasta el tres oportunidades yéndose hasta 3 días ni siquiera
llamaba, yo siempre permitía que ella volviese porque era madre de mi hija y
pensé que con el tiempo ella maduraría y cambiaría esta situación pero cuando
regresaba y al preguntarle dónde estaba ella me decía que se había ido de viaje
con su mamá y no me daba mayor explicación.
4.-
Es por ello que decidí ir a la Comisaría de Santa Elizabeth en la Urb. “Las
Flores” en el distrito de San Juan de Lurigancho, para poner la denuncia por
abandono de hogar pero el policía que me atendió me dijo: “que habrás hecho, como vas a poner una denuncia por abandono de hogar,
si Uds. no son casados”, no dejando que yo ponga la constancia policial.
5.-
Luego de ello la codemandada volvió de nuevo al hogar conyugal, un día cuando
mi hija tenía 07 meses aproximadamente se llevó a mi hija sin decirme nada,
diciendo que me haría un proceso de alimentos. Al irse ella de esa casa, yo me
mudé por el Metro de San Juan de Lurigancho, la ubiqué en la casa de su papá,
hablé con ella, me dijeron que yo era malo por botarla de mi casa, cuando la
realidad era otra. Ella me dijo que quería volver conmigo que yo era un muy
buen padre, decidí darle una nueva oportunidad y nos fuimos a vivir nuevamente
al Jr. Las Ortigas Nº 1790 Segundo Piso en el distrito de San Juan de
Lurigancho, estábamos bien y después de unas semanas comenzaron los
problemas porque nuevamente la codemandada empezó a desaparecerse hasta por un
par de días.
6.- Es por ello que con fecha 14
de Diciembre del 2009 la codemandada hace abandono de hogar del inmueble
que ocupábamos ubicado en Los Ópalos
Nº 1865 2do Piso Urb. La Basilia en el distrito de San Juan de Lurigancho,
por lo que me apersoné a la Comisaría de La Huayrona en el distrito de San Juan
de Lurigancho a poner la denuncia por abandono de hogar por parte de la codemandada
en donde esta vez sí me dejan ponerla tal como consta en la copia
certificada que anexo. La arrendadora es decir, la dueña de la casa veía
como yo me hacía cargo de mi hija pese a que era muy pequeña, le daba de comer,
la atendía, la bañaba, jugaba con ella, la llevaba a todas partes porque tenía
que entregar mercadería que cosía, sin tener ayuda de nadie. Me quedé en esa
casa con la esperanza que ella volviera 04 meses después que ella abandonó a mi
hija y a mi persona, ella vino después de un par de meses con la intención
únicamente de pedirme plata sin importarle mi hija. Nunca me preguntaba si mi
hija estaba bien o mal. Yo era quien la llevaba a todos lados a mi hija. Es ahí
el día 20 de Abril del 2010 que ella
me araña la cara por lo que me apersoné a la Comisaria PNP de la Huayrona a
denunciarla por maltrato físico y luego pase por médico legista.
6.- que el recurrente ha sido quien ha tenido que solventar el 100% de
las obligaciones de nuestra menor hija por lo cual con fecha 27 de Noviembre del 2008 me vi en la obligación de solicitar un préstamo
ante MIBANCO con la finalidad de cubrir TODAS LAS NECESIDADES DE LA MENOR ya
que a pesar de que la codemandada presenta la copia SUNAT de que tiene un
negocio JAMAS ha colaborado con los gastos de nuestra
hija, tal como lo demuestro con los Originales de los documentos de esa
obligación que he tenido que asumir solo.
7.- Que, con fecha 26 de Mayo del 2010 asistí a la DEMUNA de San Juan de Lurigancho siendo
yo evaluado por el Psicólogo, la asistenta social y un abogado de la DEMUNA.
Tuvimos tres sesiones y luego de explicarles la situación ellos nos dijeron a
ambos que ellos pensaban que era mejor que yo siga teniendo la tenencia
diciéndole el abogado que me darían la tenencia a mi persona otorgándoles a
ella un régimen de visitas pero que tenía que cumplir con los alimentos pero la
demandada no quiso aceptar por lo cual se amargó mucho y dijo que lo haría a
nivel judicial, de esta situación se emitió una constancia de no acuerdo entre
las partes que adjunto a la presente.
8.-
Con fecha 20 de Mayo del 2010 yo fui
notificado de la demanda interpuesto por la demandada (EXP:
00310-2010-0-1803-JM-FC-03) Especialista Legal: DIANA ROJAS CURINAHUI ante el
3er Juzgado Mixto de San Juan de Lurigancho, demanda que contesté en el plazo
de ley adjuntando las constancias de las lesiones graves ocasionados por ella.
9.-
Sra. Jueza, después de esto no supe nada de la codemandada, ella sabía los
lugares que yo frecuento y el inmueble de mi madre pero nunca fue desde mayo
del 2010 hasta julio del 2010.
10.-
En el proceso de tenencia interpuesto por la codemandada nos citaron para el día 14 de Julio del 2011 para la
Audiencia Única, yo asistí con mi
actual abogada pero la codemandada no asistió por lo que decidimos no ingresar
a la Audiencia, por lo que tuvimos que retirarnos inmediatamente con el miedo
que ella con sus familiares u otras personas de mal vivir vengan a agredirme
nuevamente o se acercaran a casa de mi
madre a pegarle, por lo que tuvimos que asistir con seguridad personal.
11.-
Después de un año y medio de ese episodio en el mes de Diciembre del 2012 cuando mi hija cumplía tres años, la codemandada
se acercó a dos cuadras de mi casa, viene de una forma agresiva diciendo que yo
no la dejaba ver a su hija, diciendo con malas palabras e insultos de gran
calibre que quería verla, ella gritaba e insultaba son importarte que estuviera
mi hija ahí mirando y escuchando todo, decidí tomar un taxi y retirarme del
lugar.
12.- En el mes de marzo
del 2013 recibo una notificación de la DIRINCRI porque la codemandada me
había denunciado por supuesto secuestro agravado en contra de mi menor hija,
situación que me indigna, como ella puede acusarme de una situación tan grave,
el policía me dijo que ella había pedido que yo vaya a la cárcel, yo presenté
el acta de nacimiento y todas las pruebas de la agresión de ella en contra de
mí y obviamente al comprobarse que todo lo señalado por ella era FALSO esa
denuncia se ARCHIVO tal como lo compruebo con las copias certificadas que he
tenido que obtener.
13.-
El día 18 de Abril del 2013 la codemandada
presenta una solicitud ante el centro de conciliación extrajudicial “NEGOCIACION DE CONFLICTOS” para la
tenencia en donde ella se contradice en
cuanto a su denuncia y ahora señala que yo soy el papa y pide la tenencia
mintiendo y señalando que yo se la he arrebatado, situación que se puede leer
en la conciliación que se adjunta a la invitación y que ha sido firmada por la
demandada que adjunto a la presente.
14.-
Que, la codemandada en el mes de febrero
del 2014 por otro lado, de manera irresponsable interpuso una denuncia por
supuesto maltrato psicológico de mi persona en contra de mi amada hija,
denuncia que se está ventilando ante la 6ta Fiscalía de Familia de Lima, por el
cual ya he sacado la cita en el Ministerio Público para que mi hija de 05 años
pase por la evaluación del Instituto de medicina legal, cita me han dado para
el mes de Abril del 2014 porque primero me lo habían dado para el día 13 de Mayo del 2014 en el
Ministerio Público pero después pedir nuevos oficios para que pudiera pasar en
la Demuna y así demostrar que se me acusa de un delito tan grave sin ningún
fundamente, tal como lo compruebo con la copia del Oficio Nº
61-2014-MP-FN-6ºFPFL.
¿Cómo
la demandada me puede denunciar por un delito si no me ha visto ni a mí ni a mi
hija durante tantos años, ya que ella NUNCA NOS VISITO, MANDO UNA CARTA
NOTARIAL O ALGO así.
15.-
Sr. Juez la demandada NO SE HA ACERCADO a mi casa para visitar a mi hija ni la
llama ni nada de nada, ni trata de averiguar de ella a través de mis
familiares, se ha desentendido totalmente de su papel de madre, y lo más
preocupante es que NO CUMPLE CON DAR
NI UN SOL PARA MI HIJA por lo cual me vi obligado a interponer una demanda de alimentos con
fecha 05 de febrero del 2014 ante el
1er Juzgado de Paz Letrado de La Victoria EXP:
00072-2014-0-1814-JP-FC-01 ESPECIALISTA: PELAEZ CABALLERO, LUIS tal
como lo compruebo con las copias de la demanda y sus anexos y el auto admisorio
además de haber salido la asignación anticipada por la suma de S/550.00 a favor
de mi hija.
16.-
Que, debo señalar Sr. Juez que la codemandada a pesar de estar asesorada con
abogada particular la misma que se comunicó por teléfono con mi abogada Dra. JENNIFER SORIANO RIVERO nunca interpuso
una demanda de régimen de visitas, nunca se interesó por cumplir con los
alimentos de mi hija, sólo en el mes de Febrero del 2014 se acercó a la prensa
al canal de América Televisión en el programa “A las once”, señalando QUE EL
PADRASTRO DE SU HIJA LA HABIA SECUESTRADO Y ELLA HACE 4 AÑOS NO VE A SU HIJA
PIDIENDO AYUDA AL MINISTERIO DE LA MUJER, diciendo que sólo había sido un amigo
que me conoció cuando ya había nacido nuestra hija, el cual por el
desconocimiento de los hechos, le han puesto un abogado de oficio pensando que
la realidad era como ella decía, por lo cual le ofrecen los servicios de un
abogado de oficio, el DR CESAR VALER
JAIME con CAA Nº 736, siendo luego entrevistados en el canal 4 en el
programa con el Periodista Federico Salazar en donde hacemos nuestros descargos
y se nos pide que ambas partes fuéramos al Ministerio de La Mujer a las 3pm,
SITUACION QUE CUMPLIMOS pero la codemandada
NUNCA ASISTIO, pese a que su abogado sí estaba en las instalaciones del
MINDES a esa hora, mostrando así una vez más indiferencia ante el caso.
17.-
Que, debo señalar que mi menor y amada hija estudiaba en el Nido Jardín HAPPY CHILDREN ubicado en el Parque
Luna Peralta Nº 144 - Balconcillo en el distrito de La Victoria, siendo yo
quien ha velado por ella desde su nacimiento no sólo en cuanto a su salud,
educación, alimentos sino también sobre sus medicinas, atención médica,
recreación, etc. Hasta que el día 04 de Junio del 2014 4 personas de sexo
masculino se acercan a la puerta del domicilio de mi madre cuando yo me
encontraba con mi menor hija y me arrebatan a mi menor hija con violencia,
siendo que tambien la maltratan a mi menor hija de solo 05 años quien lloraba
desconsoladamente y yo trate de tirarme encima del timón del conductor de un
auto azulino en donde se llevaron a mi hija, siendo todo esto denunciado ante
la DIVINCRI DE LA VICTORIA.
18.-
Después de 6 días aprox. la codemandada mandó un video al Canal 4 señalando que
ella era la autora de ese hecho y que mi hija estaba bien y que estaba con
ella.
19.-
Que, al ser la codemandada una persona agresiva, impulsiva, inmadura y
abandonadora es que la tenencia se le debe otorgar al progenitor con quien
vivió mayor tiempo y con quien pueda desarrollarse normalmente, emocionalmente
buscando su bienestar, haciendo hincapié que toda mi familia me apoya, teniendo
mi hija momentos de diversión con toda mi familia son sus primos, dándole más
que un hogar, los cuidados que necesita por su corta edad y a la madre por el
solo hecho de ser mujer, porque todos estos años que nos abandonó se preocupó
más por ser más mujer que madre por lo que yo estoy peleando actualmente un
proceso de tenencia ente el 6to Juzgado de Familia de Lima (EXPEDIENTE Nº 3141-2014 ESPECIALISTA:
CORONEL ROJAS).
20.-
Que, la codemandada me ha denunciado por el delito de secuestro agravado de
menor con fecha 12 de Diciembre del 2012, en donde se contradice con lo
señalado con la demanda:
“para asentar la
partida de nacimiento de mi menor hija en la Municipalidad me proporcionaron un
estique para luego ser atenido pasado unos 15 a 20 minutos aproximados me dio
ganas de ir al servicio higiénico (orinario) y me fui dejando cargado al bebé al
denunciado (yo) dado el tiempo no habría demorado ni 5 minutos volví ya lo
había asentado con sus datos, asiéndose pasar como padre, la señorita sin
percatarse de nada me dijo, pasa toma asiento y firma me hizo firmar unos
documentos, entonces cuando firmé me manifestó que volviera dentro de cinco
días para recoger la partida de nacimiento, antes de retirarme la pregunté si
habría algún problema por falta de la firma del padre entonces la señorita me
manifestó que no porque yo estaba firmada entonces le reclame que él no era el
padre porque lo había hecho firmar, entonces me manifestó, en tono elevada
señora ya está asentada la partida de nacimiento…”
Por mi delicado estado
de salud (no sé cuál) y por falta de economía (hay abogados de oficio) deje
pasar el tiempo.
21.-
Asimismo, Sra. Jueza en su segundo otrosí digo firmado por la letrada TABITA
CCORPA HUAMAN señaló que se debe ordenar la entrega de inmediato a su madre a
fin de evitar POSIBLE ASESINATO.
22.-
Sra. Jueza, esa clase de afirmaciones únicamente lo que hacen es confirmar el
comportamiento, la mala fe de la codemandada en todo este tiempo en que ha
estado ausente, la mentira compulsiva que se podrá comprobar con los sendos
manifiestos que ella hace ante las diferentes instancias.
IV.
MEDIOS PROBATORIOS:
Ofrezco como medios probatorios
los siguientes:
2.-
El mérito del Informe que deberá emitir el MINDES a la Licenciada Psicóloga ANA
ROJAS quien evaluó a mi menor hija antes de ser evaluada y haberse emitido el
Protocolo de Pericia Psicológica Nº 009375-2014-PSC-VF.
3.-
El mérito del Informe que deberá emitir el colegio de mi menor hija HAPPY CHILDREN ubicado en el Parque
Luna Peralta Nº 144 Balconcillo en el distrito de la Victoria sobre la
conducta, calificaciones, estado emocional de mi menor hija, participación de
los padres.
4.- El mérito del informe de DEMUNA
de San Juan de Lurigancho por la evaluación realizada al recurrente y a la
codemandada siendo evaluados por un Psicólogo, la asistenta social y un abogado
de la DEMUNA quienes emitieron un informe.
V. ANEXOS:
1-A 01 (una) Copia de mi DNI.
PRIMER OTROSI DIGO: Que, en aplicación taxativa de lo dispuesto por el Art. 80º del CPC,
delego a la letrada identificada con REG CALN Nº 1036 Dra. JENNIFER LUZ SORIANO RIVERO que suscribe la presente, las facultades generales de representación
judicial a que se refiere el Art. 74º del C.P.C. Para tal efecto ratifico mi
dirección domiciliaria indicada en el exordio del presente escrito, asimismo,
declaro estar perfectamente instruido de la representación que otorgo, así como de sus alcances.
SEGUNDO OTROSI DIGO: Asimismo, autorizo a Doña CARMEN ROSA VELARDE GUILLEN identificada con
DNI Nº 06604403, MELINA MARGARITA PEÑA GUTIÉRREZ y a Doña LUZ DE MARIA GARCIA
SEMPERTEGUI identificada con DNI Nº 06610474 para los efectos de retirar exhortos,
oficios, testimonios, recabar anexos, partes, cédulas, consignaciones, realizar
cualquier otra gestión respecto de la cual fuere necesaria esta autorización.
TERCER OTROSI DIGO:
Acompaño el recibo de la tasa judicial y las tasas de notificación suficientes
para la intervención del representante del Ministerio Público.
POR LO TANTO:
Señora Jueza tenga por contestada la presente
demanda y proveer conforme a ley.
Lima, 17 de noviembre de 2014
MODELO DE SOLICITUD DE DIVORCIO DEFINITIVO ANTE MUNICIPALIDAD
EXP : 4143-09
SOLICITUD : DISOLUCION DEL VÍNCULO
MATRIMONIAL
ESCRITO : DIVORCIO ULTERIOR
SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN LUIS-LIMA:
MADELEINE FUENTES
SALVATIERRA, identificada con DNI Nº 07618196, comerciante,
domiciliada en el Jr. Sáenz Peña Nº 945 Dpto. 4 en el distrito de la Victoria , Provincia y
Departamento de Lima respetuosamente vengo a solicitar el Divorcio Ulterior
para lo cual agradeceré se sirva proceder a Declarar la Disolución del Vínculo Matrimonial conforme a lo siguientes
fundamentos de hecho y de derecho que señalo:
Que,
con expediente Nº 4143-09 se solicitó la separación convencional y divorcio
ulterior y con fecha 28 de Agosto del 2009 se llevó a cabo la Audiencia única de
separación convencional y divorcio ulterior la misma que fuera declarada en
virtud de lo dispuesto en la
Resolución de Alcaldía Nº 441-2009-MDSL del 28 de Agosto del 2009.
Que,
a la fecha de presentación de la presente solicitud han transcurrido Dos (02)
meses, plazo que la ley y su Reglamento establecen para solicitar el Divorcio
Ulterior luego de haberse declarado la Separación Convencional
conforme se desprende del contenido de la Audiencia Única y de la Resolución de Alcaldía
citadas en el párrafo anterior.
Que,
por convenir a mis intereses personales y de conformidad con lo previsto en el
Artículo 7º de la Ley N º
29227, en concordancia con el Articulo 13º del D. S. Nº 009-2008-JUS de su
Reglamento se establece que cualquiera de los cónyuges podemos solicitar la
disolución matrimonial en tal sentido, solicito a UD Señor Alcalde, se sirva
declarar la Disolución del Vínculo Matrimonial de la
recurrente.
POR LO TANTO:
Pido
a UD. Señor Alcalde, acceder a nuestra solicitud y atenderla conforme a ley.
Lima, 17 de diciembre de 2009
………………………………………………...
MADELEINE
FUENTES SALVATIERRA
DNI Nº 07618196
MODELO DE SOLICITUD DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL POR INDEMNIZACION DE DAÑOS
Lima, 17 de Marzo del 2014
SEÑORES
CONCILIACION EXTRAJUDICIAL
Presente.-
Yo, REAMILA SHUPINGAHUA HOYOS, peruana,
identificada con DNI Nº 43572461, casada, vendedora y JORGE ARMANDO DE LA CRUZ VERANO identificado
con DNI Nº 41564524, casado, ambos domiciliados en la Av.
La Unión Nº 1484 en el distrito de Villa María del Triunfo, Provincia y
Departamento de Lima me presento y digo:
I.
PETITORIO:
Que, acudimos al Centro de Conciliación a fin de
solicitar una AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN a
efectos de que podamos llegar a un acuerdo conciliatorio para acordar sobre INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS a
la empresa BANCO AZTECA DEL PERU SA, a quien deberá notificársele en su domicilio fiscal ubicado en la Av.
José Larco Nº 663 en el distrito de Miraflores, en la provincia y departamento
de Lima ante Ud. Me presento y digo:
II. NARRACION DE HECHOS:
1.- Que, con fecha 20 de enero del 2014 a las 11:30 aprox. mientras que
mi esposa REAMILA SHUPINGAHUA HOYOS se
encontraba con mi menor hijo de 03 años AXEL
DE LA CRUZ SHUPINGAHUA en la puerta de mi casa a punto de entrar a esta su
trabajador Don RUBEN LOAYZA SALAS identificado
con DNI Nº 43921870 manejando la moto con placa de rodaje Nº C5-0334 de propiedad de su empresa atropelló
a nuestro menor hijo quien quedó tendido en el piso.
2.- En ese momento mi esposa y los vecinos se acercaron a auxiliar a mi
menor hijo ya que Don RUBEN LOAYZA SALAS no
lo quiso auxiliar, señalando que él tenía que llamar a su Jefe de la empresa BANCO AZTECA DEL PERU SA y sería el jefe
quien le dijera si tenía que auxiliarlo o no.
3.- En esos momentos mi esposa desesperada tomó a mi
menor hijo cargándolo quien estaba sangrando en el rostro profusamente y lo
llevó al centro de salud más cercana que era la POSTA DANIEL ALCIDES CARRION ubicada en la Av. Pachacútec Nº 3470
Urb. Mariano Melgar en el distrito de Villa María del Triunfo. En ese lugar las
enfermeras le dijeron a mi esposa que nuestro hijo estaba sangrando demasiado
por lo cual deberíamos mejor llevarlo a un hospital. Y ellos mismos con el
carro de la AMBULANCIA trasladaron a mi esposa y a mi hijo al Hospital María
Auxiliadora.
4.- Después de eso, los médicos tardaron como 15 minutos en EMERGENCIA y
no nos atendían momentos en los cuales llegó el jefe del Sr. RUBEN LOAYZA SALAS, quien nos sugirió que lo trasladáramos a nuestro hijo
a la Clínica Maison de Santé de la Av. Benavides en el distrito de Santiago de
Surco.
5.- Que, al trasladarlo a la Clínica los médicos de emergencia le
dijeron a mi esposa que el menor tenía que quedarse internado ya que tenían que
hacerle un INJERTO DE PIEL.
6.-Debo indicar que mi hijo producto del atropello perdió un pedazo de
piel en la nariz y tiene cicatrices en la frente y le han puesto puntos en la
cabeza, poniéndole además 04 puntos en ambos lados de la boca.
7.- Sr. Conciliador, mi menor hijo estuvo internado desde el día 20 de
enero del 2014 hasta 23 de enero del 2014 siendo sus diagnósticos los
siguientes:
* TRAUMATISMO INTRACRANEAL.
* HERIDA DE LA NARIZ Y HERIDA DE LA CABEZA.
8.- Debo indicar que mi hijo desde el mes de enero que sufrió el
atropello hasta la fecha ha estado asistiendo a la clínica por indicación de
los galenos ya que esta en evaluación si lo van a operar de la nariz o no
incurriendo en gastos de movilidad, así como mi esposa ha tenido que dejar de
trabajar para llevarlo al médico a sus controles y yo me he visto en la
necesidad de tener que regresar del país de España en donde residía desde el
2010 por este trágico accidente.
9.- Que, por ello solicito la suma de S/70,000 (SETENTA MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) como pago por
indemnización por daños y perjuicios como terceros civilmente responsables por
el daño permanente que tendrá mi menor hijo ya que las heridas producidas
han sido en el rostro.
Atentamente,
……………..………………………………… …………………….……………………………….
REAMILA SHUPINGAHUA HOYOS JORGE
ARMANDO DE LA CRUZ VERANO
DNI Nº 43572461 DNI Nº 415645024
Adjuntamos:
1.-
Copia de la Partida de Nacimiento de nuestro hijo.
2.-
Copia del DNI de REAMILA SHUPINGAHUA HOYOS.
3.-
Copia del DNI de JORGE ARMANDO DE LA CRUZ VERANO.
4.- Copia del DNI de AXEL DE LA CRUZ SHUPINGAHUA.
5.- Copia de la historia clínica de mi hijo.
Lima, 07 de julio de 2015
MODELO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL SOBRE TENENCIA, REGIMEN DE VISITAS Y ALIMENTOS
SEÑORES
CENTRO DE CONCILIACION
Presente.-
WILMER MARINO ROSALES SORIA,
peruano, identificado con DNI Nº 10178778,
con domicilio en el Jr. Río Rímac Nº 112 Urb. Las Moras en el distrito de San
Luis, provincia y departamento de Lima, ante
Ud. me presento y digo:
I. PETITORIO:
Que, acudo
al Centro de Conciliación a fin de CONCILIAR
EXTRAJUDICIALMENTE a efecto de dar solución a la siguiente controversia: TENENCIA, REGIMEN DE VISITAS, ALIMENTOS para
lo cual se le deberá cursar las invitaciones respectivas a la invitada Doña JANETT MIRELLA GONZALES CORRALES quien
domicilia en el Jr. Río de Janeiro Nº 451 URB. Sicuani en el distrito de Ate,
provincia y departamento de Lima.
II. FUNDAMENTOS
DE HECHO:
1.- Que, producto de una relación de pareja empezamos
con la invitada a convivir en el año 1995.
2.- Que, con fecha 03 de Julio del 2005 nació
nuestro hijo mayor SAMUEL IGNACIO
ROSALES GONZALES quien fuera inscrito en la Municipalidad de La Victoria
tal como lo demuestro con la copia de la Partida de Nacimiento que adjunto.
3.- Que, con fecha 04 de Julio del 2011 nació
nuestro hijo mayor MATHIAS WILMER
ROSALES GONZALES quien fuera inscrito en la Municipalidad de San Borja tal
como lo demuestro con la copia de la Partida de Nacimiento que adjunto.
4.- Que, es el caso Sr. Conciliador que nos hemos
separado con la invitada quien ha decidido salir de nuestro hogar conyugal y
mudarse con nuestros dos hijos por lo cual deseo ponerme de acuerdo con ella
respecto de las materias antes mencionadas.
………………………………………………..
WILMER MARINO
ROSALES SORIA
DNI Nº 10178778
ADJUNTO:
1.- 01
(UNA) Copia de mi DNI.
2.- 01
(UNA) Copia de mi partida de matrimonio.
3.- 01
(UNA) Copia de mi DNI de mi menor hijo SAMUEL
IGNACIO ROSALES GONZALES.
4.- 01
(UNA) Copia de mi DNI de mi menor hijo MATHIAS
WILMER ROSALES GONZALES.
DRA. JENNIFER L. SORIANO RIVERO
CITAS AL: 989247985 (RPC)
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