1) Definición: La palabra bigamia viene de las expresiones latinas “bis” (“dos veces”) y “gamia” (“unión”). El delito de bigamia consiste en contraer un nuevo matrimonio estando ya casado válidamente; o sin ser casado, sí lo esta la persona con la cual se contrae matrimonio. Esto quiere decir que no solamente será castigada por la ley la persona que vuelve a casarse sino también la persona que contrae matrimonio con ésta a sabiendas de que era casada. Además, según la ley peruana solo tiene validez el primer matrimonio. 2)Según el Código Penal: La bigamia esta considerada como un delito contra la familia y esta contemplado dentro de los matrimonios ilegales: Artículo 139.- Bigamia El casado que contrae matrimonio será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años. Si, respecto a su estado civil, induce a error a la persona con quien contrae el nuevo matrimonio la pena será privativa de libertad no menor de dos ni mayor de cinco a
DRA. JENNIFER SORIANO
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